Se violó el honor y reputación de Alex Cabrera, según Corte Segunda

Fecha:

La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo publicó este martes la sentencia mediante la cual concedió amparo parcialmente al pelotero Alex Cabrera en su caso de dopaje en la LVBP, asegurando que la liga violó el honor y reputación del Samurái, a quien consideró «una gloria deportiva», según lo establecido en la Ley del Deporte.

La sentencia amplía lo previamente señalado en el acta de audiencia constitucional, dada a conocer días antes a las partes involucradas.

Dice el ponente y firman los tres jueces de la Corte Segunda:

«Ha quedado suficientemente establecido, que la acción de amparo constitucional busca impugnar las actuaciones materiales o vías de hecho desplegadas por el Comité Antidopaje y la Liga Venezolana de Béisbol Profesional, y en modo alguno pretende la nulidad de actos administrativos. Segundo, dada la trascendencia de los derechos y garantías constitucionales denunciadas como transgredidas, contrariamente a lo sostenido por la parte accionada, la vía idónea y expedita para el restablecimiento de la situación jurídica infringida es la acción de amparo constitucional, ya que no solo se ha denunciado la lesión al accionante de su derecho a la defensa, debido proceso, presunción de inocencia y Juez Natural, sino también lesiones actuales y futuras respecto a su derecho al honor, buen nombre y reputación que “podría incidir negativamente en el libre desenvolvimiento de su personalidad y de su actividad profesional como deportista, ya que no es secreto para nadie que su representado es una gloria deportiva de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Deporte…”, de manera que visto que los derechos y garantías constitucionales denunciadas como vulneradas por la actuación de la Liga Venezolana de Béisbol Profesional contra el accionante, encuentra amparo en normas expresas de nuestro Texto Fundamental, esta Corte considera idóneo el ejercicio de la presente acción de amparo constitucional. Así se decide».

El argumento de mayor peso a través del cual la Corte otorga amparo al jugador es la existencia de un informe médico que prescribe al pelotero la toma de Adderall, poderosa sustancia vetada por la Agencia Mundial Antidopaje, cuyo consumo, por sus efectos altamente dopantes, obliga a tramitar cada año una autorización especial de parte de la liga.

Recuerda el ponente que ese trámite se llevó a cabo en 2014, como exige el Reglamento Antidopaje de la LVBP, pero en la sentencia no se menciona que no se llevó a cabo para la campaña 2015-2016.

«El ciudadano sancionado cumplió con la carga de remitir la información relacionada con el tratamiento prescrito por su médico, al cuerpo de médico del Equipo Tiburones de la Guaira B.B.C., C.A., en tiempo oportuno, a los fines que esa institución deportiva tramitara ante las instancias competentes la respetiva Exención establecida el artículo 42 del Programa Antidopaje de la Liga, lo cual generó en el Jugador la expectativa legítima de que dicha autorización estaba siendo debidamente solicitada por el Equipo ante la oficina correspondiente del Comité Antidopaje de la LVBP, toda vez que, el Programa Antidopaje en el artículo antes mencionado, no establece taxativamente que dicha información deba ser suministrada por el Jugador interesado, contrario a la defensa expuesta por el representante judicial de la accionada en la audiencia constitucional.
La anterior aseveración fue reconocida por el Equipo, según se extrae de las comunicaciones remitidas a la Junta Directiva de la Liga Venezolana de Beisbol Profesional y Comité Antidopaje de fechas 10 y 12 de febrero de 2016, y de lo expuesto en la audiencia constitucional del presente proceso de amparo, afirmando el Equipo en cuestión, además, que al remitir el Jugador la información requerida a esa instancia, se “deslastraba” de cualquier responsabilidad al respecto.
Aunado a las anteriores constataciones y en apreciación de la comunicación dirigida por el ciudadano Humberto Angrisano al Presidente de la Liga Oscar Prieto, en fecha 24 de febrero de 2016, se evidencia que tanto el Comité Antidopaje como la propia Liga Venezolana de Béisbol Profesional, contaban antes del inicio del procedimiento disciplinario, con elementos de convicción que comprobaban el padecimiento por parte del Jugador de una enfermedad crónica que ameritaba el uso de la sustancia “Aderall”, previa prescripción médica según consta del informe médico cursante en autos, así como la confesión por parte del Equipo Tiburones de la Guaira, de no haber remitido en el mismo año 2014, la información requerida a los fines de obtener la exención antes mencionada, y su remisión posterior con la intención de que la autorización de uso terapéutico fuese acordada por la instancia correspondiente, toda vez que en comunicación de fecha 12 de febrero de 2016, dirigida al Comité Antidopaje de la Liga Venezolana de Béisbol Profesional solicitaron “…que consideren los argumentos y las pruebas aquí presentadas y decida por lo tanto, no abrir un procedimiento disciplinario al jugador Alex Cabrera, considerando sobre todo el hecho que el jugador cumplió con todo (sic) los requisitos solicitados en el momento por el CALVBP y su programa Antidopaje”.
Y visto que el procedimiento disciplinario 2015-2016 N° 031, inició en fecha 24 de febrero de 2016, es decir, en fecha posterior a la recepción por parte de la Liga de la información requerida conforme al Programa Antidopaje de esa Organización, a los fines de tramitar la debida Exención y evitar el procedimiento disciplinario, siendo que en fecha 29 de febrero de 2016 se dictó decisión sancionatoria en la cual se suspenden por hasta 25 juegos al ciudadano Alexander Alberto Cabrera, no puede más que concluir quien aquí Juzga que la Junta Directiva de la Liga Venezolana de Beisbol Profesional silenció por falta de valoración las pruebas aportadas por los interesados en obtener la Autorización de Uso Terapéutico (AUT), siendo que tales elementos de convicción resultaban trascendentales para decidir el asunto ante esa autoridad planteado.
Ello así, considera igualmente este Órgano Colegiado que con la delatada actuación desplegada por la Liga, se violentaron los derechos al debido proceso, a la defensa y presunción de inocencia del accionante, contenidos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, comprobada como ha sido la condición médica del Jugador, que ameritaba el uso de la sustancia prohibida, que el mismo cumplió con la remisión de la información requerida a los fines de solicitar la Exención correspondiente, la obligación en la que se encontraba el Equipo Tiburones de la Guaira de remitir esa información a las instancias pertinentes, y el desprecio por parte de la Liga Venezolana de Beisbol Profesional de los elementos de prueba constitutivos de la defensa del ciudadano enjuiciado, todo lo cual de forma ilegítima repercute en el derecho al honor, buen nombre y reputación del Jugador previsto en el artículo 60 constitucional, quien además, conforme la Ley Orgánica del Deporte, Actividad Física y Educación Física es una figura notable del béisbol profesional venezolano. Así se decide».

La sentencia, sin embargo, rechaza la petición de Cabrera de declarar nula la política antidopaje de la LVBP y el Código de Ética de la liga, y se limita a amparar al jonronero.

«Esta Corte declara improcedente la solicitud de desaplicación por control difuso del Código de Ética y Disciplina de la Liga Venezolana de Béisbol Profesional, así como su Programa Antidopaje. Así se decide».

El documento puede consultarse en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, haciendo click aquí.

Ignacio Serrano

Ignacio Serrano
Ignacio Serranohttps://elemergente.com/
Soy periodista y actor. Escribo sobre beisbol desde 1985. Dirijo ElEmergente.com. Soy comentarista en el circuito radial del Cardenales de Lara y en Televen, tanto en las transmisiones de la LVBP como en la MLB. Premios Antonio Arráiz, Otero Vizcarrondo y Nacional de Periodismo.

15 COMENTARIOS

  1. Pareciera,segun la sentencia, que Tiburones de La Guaira es el responsable de la sancion a Cabrera por no entregar a tiempo el informe medico a la lvbp, pero decir que se lesiona el honor de una persona que ha estado involucrado en el mismo caso en distintas partes del mundo, parece una apologia al delito.

  2. Definitivamente este es una verdadera forma de ver como se manejan muy mal las cosas en esté país y de no sancionar a alguien que falló y deja muy mal el deporte en muerto pais

  3. Si el es una gloria deportiva. Teniendo un pasado tan oscuro. Y entonces que son. Los carrasquel. Galarraga. Visquel . Davalillo. Concepcion. Guillen. Carlos lavado. Morochito hernandez. Los hereos de portland. Cecotto. Guveia. Xiomara griffin. Nicolas pereira. Carlos coste. Proyecto cumbre. Y me disculpan a los verdadero hereos que no alcanzo a nombrar. No me jodan. Que ese individuo es un hereo. Si lo que ha hecho en toda la vida es hacer trampa tanto en estados unidos. Mexico y aqui.

  4. No se extrañen, su señoría Prieto Parraga debe tener otra de tantas cartas bajo la manga para ver si le devuelve el record a su Baudilio for ever, es que esa fue la causa que originó esa gran comezón intestinal a su vida de caraquista. Si Cabrera jugando para el Caracas hubiese roto el récord no hubiese pasado ni coquito, ni siquiera en México porque hasta allá ha metido las narices dicho sr.

  5. A todas estas. Bien sea ley o no, sea sentencia favorable o no, sea justa o no, todo lo que ha logrado este señor dentro del béisbol ha sido y por siempre sera, la falsa más grande que se ha visto en nuestra liga. Y tal vez asi será por muchísimo tiempo. Esta mancha jamás se podrá borrar. Y nuestros hijos, nuestros nietos etc etc. Jamás recodaran a este señor por ser una (gloria) más bien será recordado por obtener falsos logros ayudado con estimulantes. O lo que es mejor conocido. Bajo efectos de Dopaje. Y así borrar por completo cualquier mérito si alguna vez lo tuvo este jugador. Esta desicion aclara y explica todos sus mega batazos. Total, Tal vez el papel aguante lo que le escriban así como un recipe médico así como las sentencias que actualmente lo han protegido. Pero la realidad del caso es lo que sabemos todas las generaciones de aqui en adelante y que jamás podrán borrar de nuestras memorias. Y ni hablar de lograr ser de aqui en adelante el jugador más abucheado en la totalidad de los estadios donde tiburones complazca su presencia.

  6. Si la guaira no lo suspende para dar el ejemplo o lo dejan libre, me va a dar pena ajena con el puyao cada vez q salga a batear sea el estadio q sea y eso va afectar directamente a todo el equipo de la guaira por toda esta polémica, sin contar con la joya de manager problemático y polémico q van a tener este año. Ese dogout no va a estar nada fácil, insisto como quisiera escuchar la opinión de Guillén al respecto

  7. "comprobada como ha sido la condición médica del Jugador, que ameritaba el uso de la sustancia prohibida,". Aquí está el quid de la situación. Si la sustancia está prohibida, deportivamente hablando, que más se puede agregar?

  8. Esto demuestra la fragilidad que tiene la LVBP, no aplica el peso que debe y los peloteros afectados pueden apelar sus casos no dentro de un tribunal disciplinario sino en organismos judiciales como el TSJ. Aquí hay culpables claro. La liga por no ser contundente, con un Presidente que si quiere puede suspender al pelotero o vetarlo de jugar, tiene el poder para hacerlo. El equipo que no se ha manifestado por conveniencia y el jugador que demuestra que puede hacer lo que quiera sin importar los hechos acontecidos en MLB y México, es otro opta al retiro como debió hacerlo hace dos años y no quizó, quizás su caso hubiera pasado por debajo de la mesa y no este sainete que demuestra una liga sin control y con cualquier pelotero haciendo lo que desee

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

spot_imgspot_img
spot_imgspot_img

Comparte en tus redes:

Más noticias

Sigue leyendo
Sigue leyendo

Carrasco, Rocchio y Arias hacen el roster y Cleveland define roles para los infielders

Por César Sequera Ramos Carlos Carrasco, Gabriel Arias y Brayan...

Erick Leal y José Briceño se lucen ante los Yanquis en Ciudad de México [+VIDEOS]

Los venezolanos Erick Leal y José Briceño fueron dos...

Tiburones promete a varios prospectos desde el arranque de temporada, incluido Diego Cartaya

Los Tiburones de La Guaira ya empezaron a planificar...

Prospecto venezolano de los Yanquis queda fuera indefinidamente por fractura en la cara

Jorbit Vivas estará fuera del terreno de juego por...
¿Te gustaría recibir notificaciones de El Emergente? Claro que sí Quizás más adelante